Firma avanzada Lexy
- El firmante no necesita certificado ni instalar nada.
- Identidad por código de email y código de SMS.
- PDF sellado por Lexy (PAdES) con sello de tiempo.
- 1 crédito por firmante.
Envía el contrato que has redactado con Lexy, o cualquier PDF. Cada firmante lo lee entero, confirma su identidad con un código por email y otro por SMS y firma. Tú recibes el documento firmado y el expediente de evidencias.
Para la mayoría de contratos privados, la firma avanzada es suficiente. Si un firmante tiene certificado digital (DNIe, FNMT u otro), puede firmar con él.
Sí. El Reglamento eIDAS reconoce efectos jurídicos a la firma electrónica y no permite rechazarla como prueba solo por ser electrónica. Lexy guarda las evidencias para que, si hace falta, puedas acreditar quién firmó, qué documento y cuándo. Como cualquier prueba, la valora el juez en cada caso.
Para los contratos privados, sí. No sustituye a la escritura pública cuando la ley la exige, por ejemplo para inscribir una compraventa en el Registro de la Propiedad.
No. Recibe un enlace personal, válido solo para él y durante un plazo limitado que verás al enviar el documento.
En un almacenamiento de la Unión Europea que impide modificarlo o borrarlo antes de plazo. El plazo de conservación se indica al contratar el servicio.
Lexy presta servicios de confianza electrónica en el marco del Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS) y la Ley 6/2020. Lexy no sustituye la intervención notarial cuando la ley la exige. En la firma cualificada con tu certificado, el certificado es del propio firmante.